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Complemento
Carta Porte
El complemento Carta Porte es un título legal del contrato entre un transportista y un expedidor o usuario que contrata su servicio. Este funge como el comprobante de la recepción o entrega de mercancías, su legal posesión y traslado. Este complemento debe ser emitido por el transportista.
El Complemento Carta Porte inicia su vigencia el 1 de junio de 2021 y es obligatorio a partir del 29 de Septiembre de 2021.
El complemento debe incorporarse a un CFDI de tipo Traslado o Ingreso conforme a lo siguiente:
- El Complemento Carta Porte se incorpora al CFDI de tipo Traslado para acreditar la posesión de las mercancías, brindando información sobre la procedencia y los destinos de las mercancías que se trasladan a través de los distintos medios de transporte.
- Los contribuyentes que brindan servicios de traslado de mercancías por los distintos medios de transporte podrán emitir un CFDI de tipo Ingreso incorporando el complemento Carta Porte, con el que se podrá amparar la legal posesión de las mercancías.
Así que se genera un CFDI por las operaciones de traslado de mercancías o por los servicios de
transporte con complemento Carta Porte.
Será requerido por contribuyentes que trasladen bienes y/o mercancías en territorio nacional,
por alguna de las siguientes vías: Autotransporte federal, Marítima, Aérea, y Ferroviaria.
El objetivo es generar un CFDI con complemento carta porte que relacione los bienes o mercancías, su origen, puntos intermedios y destino; su medio de transporte, además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
El timbrado de los CFDI con el complemento
se realizará mediante el Webservice de
Timbrado
ya establecido por Solución Factible®.
Nos complace informarle que nuestro Webservice de
Testing ya está disponible para el timbrado del complemento.
Le sugerimos realizar las pruebas que considere necesaria