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Estímulo Fiscal Franja Fronteriza 8% IVA

Introducción

Mediante Decreto se establece un estímulo en materia de IVA, que consiste en una reducción del 50% de la tasa general (IVA al 8%), el cual tomará efecto el 1 de Enero de 2019.

    Aquellos que podrán gozar del estímulo son los siguientes:
  • Contribuyentes con residencia fiscal en la franja fronteriza norte del país que realicen operaciones comerciales dentro de dicha franja con productos autorizados para el estímulo.
    Aquellos que NO podrán gozar del estímulo son los siguientes:
  • Contribuyentes del RIF.
  • Facturación de servicios.
  • Residentes fuera de la franja fronteriza norte del país

Es muy importante enfatizar que aquellos que apliquen para el estímulo solo podrán hacerlo si antes presentan un aviso en el RFC para informar que realizan operaciones en la franja fronteriza norte del país y que cumplen con los requisitos.

Para poder facturar usando el estímulo fiscal hay que considerar los cambios que el SAT ha hecho a los catálogos de Productos y Servicios (C_Clave ProdServ), y de Códigos Postales (c_CodigoPostal).

Ambos catálogos tienen ahora una nueva columna que especifica si un producto/servicio o código postal aplican para usar el estímulo. Dicha columna, llamada "Estimulo Franja Fronteriza", marcará con un "1" si el producto o código postal puede gozar del estímulo; si no, se marcará un "0".

En consecuencia es necesario que el emisor de una factura se informe, con los catálogos, sobre si el código postal de su sucursal aplica para el estímulo; y los productos que factura aplican de igual forma o no.

    El proceso, para los contribuyentes que cumplen con los requisitos, es el siguiente:
  1. El contribuyente da aviso en el RFC para poder hacer uso del estímulo.
  2. El SAT registra al contribuyente con permiso para usar el estímulo en la LCO.
  3. El SAT actualiza la LCO.

  1. El contribuyente crea una factura en el sistema de Solución Factible.
  2. Solución Factible valida que el contribuyente está registrado con permisos en la LCO.
  3. Solución Factible valida que el producto puede gozar del estimulo usando la clave de Producto o Servicio.
  4. Solución Factible valida que el código postal del contribuyente está en la frontera.
  5. Solución Factible timbra el comprobante; entrega una copia al SAT y al emisor.

Si desea realizar pruebas emitiendo facturas, con el estímulo fiscal con IVA 8%, puede ir al ambiente de pruebas
usuario: demo@empresa.com.mx
contraseña: empresa
Tenga en cuenta que el ambiente de testing solamente hace las validaciones de Clave de productos y servicios, y el catálogo de códigos postales. NO el de la LCO.

  1. El contribuyente crea un conector con productos con 8% IVA y lo envía usando el Web Service de Solución Factible.
  2. Solución Factible recibe la petición del conector.
  3. Solución Factible valida que el contribuyente está registrado con permisos en la LCO.
  4. Solución Factible valida que el producto puede gozar del estimulo usando la clave de Producto o Servicio.
  5. Solución Factible valida que el código postal del contribuyente está en la frontera.
  6. Solución Factible crea y timbra el comprobante; entrega una copia al SAT y al emisor.

Si desea realizar pruebas con conector , con el estímulo fiscal con IVA 8%, puede ir al ambiente de pruebas
Tenga en cuenta que el ambiente de testing solamente hace las validaciones de Clave de productos y servicios, y el catálogo de códigos postales. NO el de la LCO.

  1. El contribuyente crea una factura en el sistema de su preferencia.
  2. Manda timbrar la factura.
  3. Solución Factible recibe los datos de factura.
  4. Solución Factible valida que el contribuyente está registrado con permisos en la LCO.
  5. Solución Factible valida que el producto puede gozar del estimulo usando la clave de Producto o Servicio.
  6. Solución Factible valida que el código postal del contribuyente está en la frontera.
  7. Solución Factible timbra el comprobante; entrega una copia al SAT y al emisor.

Si Solución Factible timbra sus facturas pero usa otro portal de Emisión ajeno a Solución Factible, de todas maneras será Solución Factible quién deberá validar los datos de su factura.

Si desea realizar pruebas con el estímulo fiscal, los WebServices del ambiente de testing permiten ya timbrar CFDI con IVA 8%. Tenga en cuenta que el ambiente de testing solamente hace las validaciones de Clave de productos y servicios, y el catálogo de códigos postales. NO el de la LCO.

El proceso es el mismo que el de un CFDI cualquiera. Usted no requiere seguir ningún otro paso adicional, si la factura cumple con los requisitos del SAT para el estímulo, el sistema aceptará el CFDI. De lo contrario el sistema mostrará los requisitos no cumplidos y no se aceptara el CFDI.

Diagrama del proceso

Datos de contacto
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