Inicio  |  Comunicado Actualización a los catálogos y validaciones del complemento de nómina
La LCO fue actualizada por última vez el 25/abr/2024

Actualización a los catálogos y validaciones del comprobante de nómina

Por disposición del SAT se actualizan los siguientes catálogos de Nómina, con sus respectivos cambios:

  • c_TipoDeduccion, se adiciona la clave derivado de la actualización a la Guía de llenado de nómina:
    • 107 Ajuste al Subsidio Causado.
  • c_TipoOtroPago, se adicionan las claves derivado de la actualización a la Guía de llenado de nómina:
    • 006 Alimentos en bienes (Servicios de comedor y comida) Art 94 último párrafo LISR
    • 007 ISR ajustado por subsidio
    • 008 Subsidio efectivamente entregado que no correspondía (Aplica sólo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina)
  • c_TipoIncapacidad, se adiciona la clave derivado de la publicación de la nueva licencia laboral:
    • 04 Licencia por cuidados médicos de hijos diagnosticados con cáncer.
  • c_TipoPercepción, se modifica la descripción derivado de la actualización a la Guía de llenado de nómina.
    • Antes: Alimentación
    • Ahora: Alimentación diferentes a los establecidos en el Art 94 último párrafo LISR
  • c_TipoRegimen, se modifica la descripción derivado de la revisión a las validaciones del complemento:
    • Antes: Sueldos.
    • Ahora: Sueldos (Incluye ingresos señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR)

Para más información sobre los cambios a la Guía de llenado del comprobante de recibo de pago de nómina y su complemento de click aquí.

Las modificaciones a los catálogos c_TipoPercepcion y c_TipoRegimen ya están en vigencia. En cuanto a las adiciones, estas entrarán en vigor a partir del 01 de Enero de 2020.

También se han hecho cambios a las validaciones del comprobante.

  • Atributo SubsidioAlEmpleo: Homologación del texto entre el detalle de la secuencia del elemento y las descripciones.
  • Validaciones para la versión 3.2.: Eliminación de esta sección puesto que no es vigente.
  • Atributo TipoRegimen:
    • Se adiciona una validación que obliga a incorporar el Elemento SubsidioAlEmpleo cuando el régimen de contratación corresponda a sueldos y salarios (clave 02).
    • Se adiciona validación para que, tratándose del ajuste señalado en el Apéndice 7 Procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes de la Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento, no se habilite el atributo SubsidioAlEmpleo cuando exista una clave 002 Subsidio para el empleo.
  • Atributo Importe, del Elemento OtroPago: Se modifica la validación para que se permita registrar un importe igual o mayor que “0” (cero) , según corresponda.
  • Atributo SubsidioCausado: Se modifica la validación a efecto de topar el importe del Subsidio para el empleo que le corresponde al trabajador de acuerdo a las tablas correspondientes.
  • Atributo Año del elemento CompensacionSaldosAFavor: Se actualiza la validación, para precisar los periodos a considerar para la aplicación de saldos a favor, mismas que se instruyeron previamente por correo electrónico a todos los PAC.

Esta revisión no modifica la estructura técnica del complemento, por lo que se mantiene como la versión 1.2.

Cómo estos cambios le impactan como patrón:

En todos los casos donde se paguen conceptos de sueldos y salarios (Régimen de contratación “02” Sueldos, incluye asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR), se validará que el recibo de nómina contenga el apartado de subsidio para el empleo, aun y cuando el subsidio para el empleo sea “0”.

No se permitirá incluir el subsidio para el empleo en recibos de nómina cuyos conceptos sean diferentes a sueldos y salarios y asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR (Régimen de contratación “02”). Se recomienda consultar y utilizar el Apéndice 6 contenido en la Guía de llenado del recibo de nómina para registrar los conceptos de percepciones, otros pagos y deducciones por cada tipo de régimen de contratación.

Se validará que el monto de subsidio para el empleo reportado en el recibo de nómina no sea mayor a los montos establecidos en las disposiciones fiscales. Recuerda que se debe registrar el subsidio causado conforme a la tabla del Decreto del subsidio para el empleo y las tablas publicadas en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Las modificaciones a las validaciones también entrarán en vigor a partir del 01 de Enero de 2020.